Micelio
Auto26 de septiembre de 2005

A- de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Victor Hugo Orjuela Guerrero Vs. Alcaldia Mayor De Bogota

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad Del Auto 097 De 2005 Por Medio Del Cual Se Decreto La Nulidad De Las Sentencia T-268/05. La Decision De Declarar Nula Una Sentencia Es De Carácter Excepcional Y Debe Estar Circunscrita A Que Se Haya Solicitado La Nulidad De Manera Oportuna Y Que Se Haya Configurado Una Grave Vulneración Al Debido Proceso. Tambien Ha Dicho La Corte Que Dichas Causales De Nulidad Deben Ser Interpretadas Y Aplicadas De Manera Estricta, Sin Lugar A Extensiones Ni Analogias. En Conclusión No Es Posible Anular Un Auto Por Medio Del Cual Se Anulo Una Sentencia De La Corte Constitucional. Rechazada Por Improcedente
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Analogia
  • Aplicación en proceso de revisión de fallos de tutela
Debido Proceso
  • Posibilidad de que los funcionarios judiciales declaren a petición de parte o de oficio nulidades procesales
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia para preservar la vigencia de garantías procesales
Nulidad De Auto De La Corte Constitucional
  • Improcedencia de solicitud de nulidad de auto que anuló sentencia T-268/05
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Causales deben ser interpretadas y aplicadas de manera estricta
  • Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
Organo De Cierre De La Jurisdiccion Constitucional
  • Actuaciones de la Corte Constitucional no pueden ser indefinidas sino definitivas y con valor de cosa juzgada
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Primero. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad hecha por el señor Víctor Hugo Orjuela Guerrero en relación con el auto A-097 de 2005, por medio del cual la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la nulidad del proceso de tutela de éste contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, incluida la Sentencia T-268 de 2005,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por10
A. 1367/24Auto de 2024SU.245/21Derecho A La Educacion Propia De Comunidades Indigenas O Etnoeducacion. Medidas Transitorias Para Enfrentar Adecuadamente La Barrera Que Se Erige Sobre Un Vacío Normativo PermanenteT-723/16Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Con Discapacidad En Contratos De Prestacion De Servicios.C-036/08Control De Constitucionalidad Del Convenio Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República Popular De China Sobre Cooperación FitosanitariaA. 289/07Derecho Al Debido Proceso Dentro Del Tramite De Accion Popular. La Sala Observa Que El Tramite De La Accion Esta Viciado De Nulidad Por Una Irregularidad In Procedendo, Por Falta De Vinculacion Al Tramite De La Autoridad Judicial Demandada. Decreta La Nulidad De Lo Actuado En El Proceso Y Ordena La Remision Del Expediente A La Seccion Segunda Subseccion A De La Sala Contencioso Administrativa Del Consejo De Estado Para Que Rehaga La Actuacion AnuladaA. 279/07En El Presente Caso El Tramite De La Accion De Tutela Esta Viciado Por Una Irregularidad In Procedendo Consistente En La Omision De Vincular Al Iss, Sujeto Que Tiene Interes Directo En Las Resultas Del Proceso Y Que Por Tanto Debio Ser Escuchado Para Que Se Le Garantizara Su Derecho Al Debido Proceso Y Su Correlativo De Defensa. Decretase La Nulidad De Todo Lo Actuado A Partir Del Auto Del 22 De Mayo De 2007 Y Remítase El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bucaramanga Para Que Continue Con El Tramite Del Asunto
Ver las 10

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.